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Si acabas de vender tu coche o pretendes hacerlo en breve, atento a la importante advertencia que te da la DGT con la que podrás evitar posibles multas.
Si acabas de vender tu coche o pretendes hacerlo próximamente a otro comprador particular y no tienes muy claro qué trámites realizar, además del papeleo que tienes que gestionar, es conveniente que te pongas en contacto con una gestoría administrativa que te ayude a gestionar todos los tramites.
Uno de los trámites que se ha de realizar de forma obligatoria en toda operación de compra y venta de un vehículo entre particulares es el del cambio de titularidad del vehículo, además de la notificación de la venta del mismo. En este aspecto, la DGT acaba de publicar en su cuenta oficial de Twitter una útil advertencia que avisa precisamente al vendedor sobre la necesidad de comunicar a Tráfico tanto el cambio de titularidad como el proceso de transferencia, antes de que el comprador realice dicho trámite.
En la propia web de tráfico o sede del Gobierno dependiente del Ministerio del Interior se explican todos los trámites e indicaciones legales a la hora de gestionar tanto un cambio de titularidad de un vehículo como el proceso de compraventa entre particulares. Uno de los primeros aspectos en los que incide tanto la DGT como el propio Ministerio del Interior está dirigido al vendedor del vehículo, quien debe comunicar lo antes posible el cambio de titularidad del mismo además de notificar la venta nada más realizada sin esperar a que el comprador realice el trámite de la transferencia.
Tal y como explica la propia DGT y el Ministerio del Interior, en ocasiones “los compradores se demoran y esto te puede causar algún quebradero de cabeza ya que las multas de los radares fijos, seguro o por ITV te seguirán llegando mientras no se produzca en el cambio de titularidad. Notificar la venta es una manera fácil de evitar este problema, ya que desde que realizas la notificación, la responsabilidad ya no es tuya.”
Al respecto, la web de la DGT y del Ministerio del Interior también añade lo siguiente: “En cualquier caso, este trámite, no exime al comprador de realizar trámite de cambio de titularidad y hasta que éste no lo haga, no se expedirá el nuevo permiso de circulación del vehículo.”
Otro útil consejo que da la DGT en el proceso de compraventa de vehículos entre particulares es el de no entregar nunca el automóvil sin tener en la posesión del vendedor el contrato original de compraventa, en el que deben de constar los datos del vehículo, DNI, NIE o NIF del comprador y del vendedor, el precio de compra y la fecha y hora en la que se firma el contrato.
Desde nuestra Gestoría gestionamos todos los tramites sin que nuestros clientes tengan que preocuparse por nada, con la seguridad y garantía de un gestor administrativo colegiado que se encargará de que toda la documentación se tramite correctamente.